Legal Corporativo | Suspensión provisional “Ley de Avisos Electrónicos”
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Suspensión provisional “Ley de Avisos Electrónicos”

Suspensión provisional “Ley de Avisos Electrónicos”

Atendiendo al cumplimiento del principio de publicidad como una garantía que ofrece el conocimiento y certeza de las actuaciones de los particulares ante la administración pública; así como la necesidad de “adecuar la legislación a los cambios sociales y tecnológicos para dotarla de mayor certeza jurídica y facilitar el acceso a la información, con el propósito de disminuir de forma efectiva los costos y la burocracia”[1] el Congreso de la República de Guatemala crea el Decreto Número 24-2018, Ley de Avisos Electrónicos, cuya vigencia inicia a partir del 15 de diciembre de 2018.

Corte de Constitucionalidad suspende provisionalmente por acción de inconstitucionalidad general.

A través de esta ley se obliga a la Dirección General del Diario de Centro América y la Tipografía Nacional la creación del Portal Electrónico del Diario de Centro América, el cual debe ofrecer acceso a las publicaciones de forma gratuita y abierta al público, por lo que se elimina la obligación de publicar en el Diario de Centro América y en otro de mayor circulación los edictos o publicaciones que ordene la ley en estos medios, de tal manera que se unifique el medio en el cual se realizan estas publicaciones; aunado a ello, el beneficio de no tener costo alguno y la celeridad de realizar las publicaciones así como su consulta.  A pesar de que el Diario de Centro América ya tenía un sitio web disponible, a partir del 17 de diciembre de 2018, comienza a funcionar el Portal Electrónico, y la sección de Edición Legal, donde se realizan las publicaciones y/o avisos ordenados en la ley.

Sin embargo, el 27 de febrero pasado la Corte de Constitucionalidad otorgó el amparo provisional en virtud de la inconstitucionalidad de carácter general promovida por el Diario La Hora en contra de la Ley de Avisos Electrónicos, por lo que deja sin efecto el primer párrafo del artículo 3 de la misma, en el que se establece taxativamente la eliminación de las publicaciones en el Diario Oficial o en otro de mayor circulación, a pesar de que no se ha publicado en el Diario de Centro América la resolución que otorga el amparo provisional, esto implica la regresión al método antiguo, que son las publicaciones en el Diario Oficial y en otro de mayor circulación, por lo que el beneficio del servicio del Portal Electrónico utilizado solo dos meses, queda supendido hasta que la Corte de Constitucionalidad resuelva en definitiva la inconstitucionalidad de carácter general.

Fuentes

  • Ley de Avisos Electrónicos. Decreto Número 24-2018. Congreso de la República de Guatemala. 2018

Prensa Libre https://www.prensalibre.com/guatemala/justicia/obligacion-de-publicar-avisos-en-el-portal-electronico-del-dca-queda-suspendida/ consultada el 01 de marzo de 2019


[1] Congreso de la República de Guatemala. Decreto Número 24-2018. Considerando II.