Legal Corporativo | Libro de salarios vía electrónica.
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Libro de salarios vía electrónica.

Libro de salarios vía electrónica.

El alcance de las herramientas digitales en el ámbito institucional del Estado ha permitido la disminución de la burocracia y procurado la celeridad de los trámites que se diligencian ante los mismos, tal es el caso en el ámbito laboral con la implementación del formato digital para el registro del libro de salarios de todo patrono, con la publicación el pasado 15 de marzo del reglamento que lo regula.  Lo anterior, se deriva de la obligación de todo patrono que emplee permanentemente diez o más trabajadores, debe llevar un libro de salarios autorizado por la Dirección General de Trabajo, de conformidad con lo establecido en el Artículo 102 del Decreto Número 1441, Código de Trabajo.

A partir del 15 de abril del año en curso entra en vigor el Acuerdo Ministerial 124-2019, el cual regula el Reglamento para la Autorización y Sello de Libro de Salarios, Mediante la Utilización de Medios de Comunicación Electrónica.  En dicho cuerpo normativo se establece la creación de un formato único para el control de salarios cuyo carácter obligatorio, el cual se obtiene por medio de una solicitud por vía electrónica de acuerdo a un formulario y es autorizado por la misma vía mediante un sello electrónico.

Por lo que esto expresa una ventaja para todo empleador o empresa, ya que el establecimiento de un libro de salarios unificado y preestablecido permite la celeridad de la autorización del mismo, evitando previos en cuanto a errores en las formalidades del mismo, así como la facilidad para la realización de este trámite mediante un medio de comunicación electrónica.

Fuente: https://leyes.infile.com/. Acuerdo Ministerial 124-2019. Consultado el 15 de marzo de 2019