Legal Corporativo | Diferimiento pago impuesto de recreacion IRTRA.-
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Diferimiento pago impuesto de recreacion IRTRA.-

Diferimiento pago impuesto de recreacion IRTRA.-

El dia 10 de Agosto del 2020 fue publicado en el Diario Oficial, el Acuerdo 4-2020 del Instituto de Recreacion de Los Trabajadores de la Empresa Privada de Guatemala -IRTRA- mediante el cual la Junta Directiva de dicha entidad autorizo diferir  el pago del impuesto de recreación para los meses de JUNIO, JULIO y AGOSTO de 2020.

El pago de dichas cuotas podrá realizarse de la siguiente manera:

1) En los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2020, respectivamente; o en su defecto

2) Distribuir el importe total en 15 cuotas mensuales a partir del mes de octubre y cuyo pago realizarán de manera conjunta con las contribuciones al IGSS.

Sin perjuicio de lo anterior, los patronos afectos podrán continuar efectuando el pago del impuesto en los plazos habituales.

El  Acuerdo exonera de recargos por mora e intereses resarcitorios a los patronos que opten por diferir el pago del impuesto y que cumplan con las disposiciones emitidas por el IGSS para la recaudación de las mismas.

Respecto a su vigencia, quedo establecido que el mismo sera elevado para aprobacion del Organismo Ejecutivo a traves del Ministerio de Trabajo y Prevision Social y cobrara vigencia un dia despues de la publicacion del Acuerdo Ministerial.

Para mayor informacion, contactenos a info@legalcorporativo.com